Seguros de Construcción

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Seguro de Construcción / Todo Riesgo de Construcción y Seguro Decenal de Daños

No dejes al azar, la promoción y construcción de las viviendas, naves industriales etc.

El 6 de mayo de 2000 entró en vigor la Ley de Ordenación de la Edificación (L.O.E.) en lo referente a responsabilidades y garantías.

La inversión que hacemos en la construcción de viviendas ya sea como promotor o constructor no debe dejarse al azar de cualquier suceso, por eso recomendamos la contratación de dos seguros

  • Todo Riesgo de construcción, para aquellos sucesos que ocurran durante la construcción del edificio de viviendas o naves industriales y garantizarse que este suceso no supone una merma en la calidad de la construcción, que tampoco suponga un retraso en las distintas fases y también que no suponga una merma del retorno de la inversión.

  • Seguro Decenal de Daños que garantiza los daños producidos en los elementos estructurales de la edificación (cimentación y estructura) ya sea por vicios o defectos, durante los 10 años posteriores a la terminación de la obra

Si eres promotor o constructor consúltanos y te asesoraremos porque tu confianza es nuestro objetivo.

Veamos algunos puntos significativos:

La seguridad estructural se refiere a la garantía de daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

Las exclusiones en el seguro, previstas en la L.O.E., añaden una garantía, que es la de los daños que tengan su origen en un incendio o explosión por vicios o defectos de las instalaciones propias del edificio.

La fecha de inicio de la garantía, así como de las responsabilidades, es la del acta de recepción de la obra.

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