Seguros de Responsabilidad Civil

EMPRESAS

seguros de Responsabilidad Civil

Responsabilidad Civil, porque en el ejercicio de tu actividad profesional, industrial o empresarial, puedes causar un perjuicio a terceros, como daños materiales, corporales o pérdidas económicas, protege el patrimonio de tu Empresa y el tuyo propio, frente a reclamaciones de terceros.
Con amplias posibilidades de contratación de sumas aseguradas:
Porque contratar límites elevados, no tiene por qué ser un lujo.
Un seguro adaptado a tus necesidades y con opción de seleccionar las coberturas “a tu medida”.

Responsabilidad civil general

Mediante el Seguro de Responsabilidad Civil de Industrias le garantizamos la responsabilidad civil extracontractual que pueda derivarse para usted, de conformidad con la legislación vigente, como consecuencia de los daños personales o materiales directos. Además, le garantizamos los perjuicios económicos derivados directamente de dichos daños, causados involuntariamente a terceros por usted o por las personas de quienes sea responsable con motivo y durante el desarrollo de la actividad industrial asegurada.

Entre las garantías mas habituales:

  • RC Explotación
  • RC Accidentes de trabajo o patronal
  • RC Subsidiaria y/o cruzada
  • RC Productos / Post-trabajos, incluyendo Unión y Mezcla
  • RC Locativa
  • RC por contaminación accidental
  • Retirada de productos
  • Defensa y Fianzas
  • Protección Jurídica

Responsabilidad civil profesional

El seguro de responsabilidad civil profesional ofrece a personas jurídicas y a autónomos protección en el ejercicio de su actividad profesional. Las empresas y autónomos están expuestos a cometer errores, omisiones o a sufrir actos deshonestos por parte de empleados, que pueden conllevar reclamaciones o demandas por parte de terceros. El seguro de responsabilidad civil profesional responde ante ellas.

Coberturas

  • Responsabilidad Civil Profesional
  • Prestación de Fianzas Judiciales
  • Pérdida de Documentos
  • Infidelidad de Empleados
  • Propiedad Intelectual, protección de datos

Responsabilidad civil consejeros y directivos o D&O

Ningún alto cargo puede eludir la posibilidad de tomar alguna decisión desafortunada que ponga en peligro los activos empresariales, o provocar pérdidas a terceros.

La legislación actual afecta a todos los altos cargos de cualquier empresa, en el ejercicio de las  funciones de alta gestión bajo la dependencia directa del órgano de administración.

Como administrador, eres tú el que responde con tu patrimonio personal de los perjuicios que te reclamen por actos contrarios a la ley o a los estatutos. También respondes con tu patrimonio si te demandan por negligencia en el ejercicio del cargo.

Además, si formas parte de un Consejo de Administración, respondes de forma solidaria, es decir, pueden reclamarte por decisiones de los otros consejeros, salvo que puedas exonerarte de acuerdo con la ley.

Diferencia entre Administrador y Directivo

  • Directivos: No ostentan la representación orgánica de la sociedad. Responden frente a la sociedad y frente a los Administradores.
  • Administradores: Cuando actúa un Administrador actúa la propia sociedad Responden frente a la sociedad, frente a los Accionistas y frente a terceros. Incluso pueden responder por actos de sus Directivos (culpa in vigilando)
  • La responsabilidad de los Directivos es más limitada que la de los Administradores, salvo supuestos de infracciones penales, tributarias o laborales.

¿Quién puede reclamarte?

  • La propia sociedad
  • Los accionistas, ya sean mayoritarios o minoritarios
  • Los empleados, o incluso los candidatos a un puesto de trabajo
  • Los acreedores Sociales
  • Organismos públicos como Banco de España, CNMV, Agencia Tributaria o Comisión Nacional de la Competencia
  • Los competidores
  • Los proveedores
  • Los liquidadores
  • Cualquier otro tercero que alegue negligencia

Responsabilidad Civil de Autoridades y Personal de las Administraciones públicas

Las personas que ocupan un puesto como autoridad o personal al servicio de administraciones públicas asumen a título personal las responsabilidades legales que se derivan del ejercicio de su cargo.

 

Tanto a los funcionarios o empleados públicos como a los cargos electos y políticos les puede ser reclamada indemnización de daños y perjuicios por parte de ciudadanos o entidades, por la propia Administración o incluso por compañeros. En ese caso no sólo tendrán que hacer frente a los gastos de defensa, investigación y asistencia jurídica sino que en ocasiones también deberán incurrir en costes adicionales de profesionales de la comunicación para mitigar o reparar el daño a su imagen, como en el caso de ser objeto de una reclamación en su contra que alegue “mobbing” o discriminación laboral…

AUXFISE Asesores, S.L., ha diseñado un producto para ayudarle ante estas situaciones de riesgo, proporcionándole una protección financiera, asistencia legal especializada y una cobertura de gastos de consultoría de comunicación para mitigar el daño a su reputación.

Coberturas

• Responsabilidad de autoridades y personal frente a la Administración Pública

• Responsabilidad frente a terceros

• Responsabilidad por prácticas de empleo indebidas

• Restitución de imagen: Los gastos para mitigar o restituir el daño a la reputación personal, con un sublímite de € 50.000.

• Defensa y asistencia Legal: Los gastos jurídicos y de representación en caso de reclamación, ya sea judicial, extrajudicial o en forma de investigación administrativa del Tribunal de Cuentas (u órganos autonómicos equivalentes).

• Opción a contratar, con coste adicional, Extensión de cobertura a la Responsabilidad Profesional de Arquitectos e Ingenieros al servicio de la Administración Pública.

 

Responsabilidad civil de Instaladores y Autónomos

Producto de ágil contratación destinado a cubrir la responsabilidad civil de instaladores y aquellos gremios vinculados a la construcción.

AUTONOMOS: VOLUMEN DE FACTURACIÓN MÁX. 100.000 €, máx. 3 trabajadores

  • Instalador Autónomo (fontanería, ACS, calefacción, climatización) sin trabajos de gas
  • Instalador Autónomo (fontanería, ACS, calefacción, climatización) con trabajos de gas, carnet A
  • Instalador Autónomo (fontanería, ACS, calefacción, climatización) con trabajos de gas, carnet B
  • Instalador Autónomo (fontanería, ACS, calefacción, climatización) con trabajos de gas, carnet C
  • Instalador Autónomo (electricidad, telecomunicaciones) sin trabajos de gas
  • Albañil autónomo: Trabajos de reforma en inmuebles sin afectar a la estructura y/o carga

SOCIEDADES: VOLUMEN DE FACTURACIÓN MÁX. 250.000 €, máx. 5 trabajadores


  • Propietario y/o promotor de trabajos de reforma de edificios sin afectar a elementos estructurales de la carga
  • Empresa de instalaciones eléctricas de baja y media tensión: CATEGORÍA BÁSICA
  • Empresa de instalaciones eléctricas baja y media tensión de CATEGORÍA ESPECIAL
  • Empresa de instalación de telecomunicaciones en edificios (antenas de TV y Radio, porteros automáticos, cableado de red y conexiones de telefonía e informática)
  • Obras de reforma de edificios (sin afectar a elementos estructurales y/o de carga – Reformas de interior).
  • Trabajos de carpintería de madera, metálica o PVC (puertas, ventanas, persianas, rejas) en inmuebles
  • Trabajos de carpintería de madera, metálica o PVC (puertas, ventanas, persianas, rejas) en inmuebles
  • Instalación de entarimados, parquets, pavimentos plásticos. Acuchilladores y barnizadores
  • Instalación, reparación y mantenimiento de cuartos de baño, mamparas y sanitarios de baño
  • Cerrajerías ( solo cerraduras y cierres)
  • Decoración interior de inmuebles: pintura, enyesado, escayolado, solado, enlosado, colocación de azulejos, colocación de pladur
  • Instalación de mármol, granito, piedra en interior de inmuebles (cocinas, baños, salones, suelos).

RESPONSABILIDAD CIVIL EXPLOTACIÓN

  • Colindantes
  • Subsidiaria de contratistas
  • Cruzada
  • Carga
  • Inmobiliaria

RESPONSABILIDAD CIVIL PATRONAL

  • Sublime por víctima 150.000€

RESPONSABILIDAD CIVIL POST TRABAJOS

  • Sublime por víctima 150.000€
  • Instalaciones de gas 48 meses
  • Resto instalaciones 24 meses
 CONDICIONES
  • Franquicia:
    • General 150€
    • Post trabajos 300€
    • Daños a Inmuebles Colindantes y Conducciones 1.500€ (solo para actividades vinculadas con la construcción y ejecutadas en el exterior de los inmuebles, en vía pública)
  • Autónomos con empleados: hasta cinco empleados
  • Delimitación temporal: ocurrencia + 12
  • Delimitación geográfica: España
 

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